Con 22 votos aprobatorios de legislaturas locales, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión ha declarado constitucionales las reformas que prohíben los cigarrillos electrónicos, vapeadores y el uso ilícito del fentanilo. Este anuncio se realizó durante la sesión de este miércoles, presidida por Gerardo Fernández Noroña, quien actualmente ocupa la presidencia de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente.
Fernández Noroña informó que, tras el cómputo de votos aprobatorios de la mayoría de las legislaturas de los estados y de la Ciudad de México, se emitió la siguiente declaratoria: «La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, en uso de la facultad que le confiere el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y previa aprobación de la mayoría de las honorables legislaturas de los estados y de la Ciudad de México, declara adicionados un párrafo quinto al artículo 4º y un párrafo segundo al artículo 5º de la Constitución Política, en materia de protección a la salud. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales».
Antes de esta declaración, Magdalena del Socorro Núñez Monreal, secretaria de la Mesa Directiva y miembro del PT, leyó una comunicación del Senado de la República y confirmó el cómputo de votos aprobatorios de la minuta con proyecto de decreto. Este decreto adiciona un párrafo quinto al artículo 4º y un párrafo segundo al artículo 5º de la Constitución Política, prohibiendo los cigarrillos electrónicos, vapeadores y el uso ilícito del fentanilo.
Se recibieron 22 votos aprobatorios de las legislaturas de Baja California, Campeche, Chiapas, Colima, Durango, Hidalgo, México, Michoacán de Ocampo, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz de Ignacio de la Llave, Yucatán, Zacatecas y de la Ciudad de México.
Las reformas constitucionales establecen que, para garantizar el derecho a la protección de la salud, la ley sancionará toda actividad relacionada con cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos. Además, se sancionará la producción, distribución y enajenación de sustancias tóxicas, precursores químicos, el uso ilícito del fentanilo y otras drogas sintéticas no autorizadas.
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Asimismo, queda prohibida la profesión, industria, comercio interior o exterior, trabajo o cualquier otra actividad relacionada con estas sustancias, según lo establece el párrafo quinto del artículo 4º de la Constitución.
Con información de Milenio