Un tribunal federal ratificó la validez de aplicar la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas en la causa penal contra el capitán de infantería José Martínez Crespo, exintegrante del 27 Batallón de Infantería en Iguala, Guerrero, negándole la protección de la justicia que buscaba evitar penas más severas en el caso de la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa.
El militar, recluido desde noviembre de 2020 en el Campo Militar 1-A y primer mando del Ejército aprehendido por este expediente, impugnó la resolución emitida en julio de 2024 por la Juzgado Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de México, la cual trasladó su juzgamiento al marco normativo de carácter federal vigente desde 2018.
La defensa del procesado argumentó que juzgar hechos ocurridos en septiembre de 2014 bajo una ley promulgada en 2018 vulneraba el principio de irretroactividad de la norma penal. Bajo el fuero local de Guerrero, el delito contemplaba sanciones de 30 a 50 años de prisión, mientras que la legislación general establece penas de 40 a 70 años de cárcel.
Sin embargo, los magistrados del Primer Tribunal Colegiado de Apelación desestimaron el amparo tras sostener la naturaleza continua de la conducta imputada:
«La desaparición forzada constituye un delito permanente. Su consumación no concluye con la privación inicial de la libertad, sino que se prolonga en el tiempo mientras no se determine la ubicación o el paradero final de las víctimas», determinó el órgano colegiado.
Bajo este criterio jurídico, al no haberse aclarado el destino de los estudiantes al momento de la entrada en vigor del ordenamiento federal en 2018 —ni durante la consignación del expediente en 2020—, la aplicación del marco legal vigente resulta plenamente procedente y no contraviene el principio de legalidad.
- Imputado: Capitán de Infantería José Martínez Crespo (exintegrante del 27 Batallón de Infantería de Iguala).
- Marco normativo ratificado: Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas (penas de hasta 70 años de prisión).
- Situación cautelar: Prisión preventiva en las instalaciones del Campo Militar 1-A en la Ciudad de México.
Con la resolución dictada por el tribunal colegiado, el proceso penal en contra del mando militar continuará bajo las previsiones de la ley federal, a poco de cumplirse 12 años de la desaparición de los 43 estudiantes en Iguala.
Con información de Heraldo
