La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) puso punto final a la batalla legal de la exlideresa sindical Elba Esther Gordillo Morales, al confirmar que deberá pagar un crédito fiscal que asciende a 19 millones 269 mil 323 pesos. El monto corresponde al Impuesto Sobre la Renta (ISR) omitido durante los ejercicios fiscales de 2008 y 2009.
Por unanimidad, el Pleno del máximo tribunal del país determinó que no existen conceptos de inconstitucionalidad que ameriten una revisión de fondo, dejando firme la sentencia que obliga a la exmando del SNTE a liquidar su deuda con el fisco.
El expediente del caso revela que, tras auditorías realizadas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), se detectaron ingresos extraordinarios que no correspondían a su esquema de sueldos y salarios. Dichas irregularidades fueron identificadas en:
- Depósitos bancarios no declarados.
- Pagos excesivos a tarjetas de crédito y servicios.
Gordillo Morales argumentó reiteradamente que dichos recursos eran destinados a representar al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) en congresos, reuniones y seminarios. Sin embargo, la autoridad hacendaria señaló que la quejosa nunca acreditó la orden, mandato o comisión específica por parte del sindicato que justificara tales erogaciones.
El desenlace se dio luego de que la ministra Lenia Batres Guadarrama presentara un proyecto de reclamación —respaldado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP)— para impugnar la admisión de un amparo que la defensa de Gordillo había promovido ante la anterior presidencia de la Corte.
La «Maestra» buscaba que se declararan inconstitucionales diversos artículos del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del ISR, alegando una supuesta vulneración a sus derechos de audiencia. No obstante, los ministros concluyeron que los recursos interpuestos carecían de fundamentos constitucionales válidos.
Desde agosto de 2021, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) ya había notificado a la exlideresa sobre un plazo de 20 días para presentar libros, registros y documentos que desvirtuaran los hechos observados por la autoridad fiscalizadora.
Al no lograr acreditar el origen de los recursos ni su destino institucional, la Suprema Corte ha cerrado la última puerta legal para evitar el pago, consolidando la victoria jurídica de la autoridad hacendaria en un proceso que se extendió por más de una década.
Con información de Milenio
